REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana
Caracas, 22 de julio del 2009
196º y 147º
Nº de Expediente: AP21-L-2009-001297
Con vista a las actuaciones que anteceden, en particular el escrito de fecha 17- 07-2009 que riela al folio 168 y su vuelto, presentado por los abogado Janeth Gil e Inés Perdomo en su carácter de apoderada de la parte actora y demandada respectivamente, inscritas en el IPSA bajo el numero 80.025 y 58.808 respectivamente mediante la cual manifiestan lo siguiente:
“De mutuo acuerdo hemos convenido en realizar la presente transacción para dar por terminado el presente procedimiento la apoderada de la parte demandada hace mediante cheque de gerencia N° 00005013 del Banco de Venezuela de fecha 15 de julio de 2009, por la cantidad de ciento veinte mil Bolívares (Bs. 120.000,00) a nombré de la apoderada Janeth Gil Mariño, el pago correspondiente a las Prestaciones Sociales y demás beneficios contractuales que les correspondan según lo contemplado en la convención colectiva de la Construcción , mediante el cual quedan satisfechos todos los conceptos demandados, manifestando así que la parte demandada “ Mantenimiento Casalbeache C.A, nada debe por estos ni por ningún otro concepto…”
Este Tribunal, por cuanto evidencia del contenido del mismo, que tal forma de acuerdo suscrito por ambas partes como vía para finalizar el presente juicio no reúne los elementos para calificarlo de transacción , pues las partes entré si no se no se otorgaron reciprocas concesiones ni contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y de los derechos en ella contenidos tal como se dispone en los articulo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo , en consecuencia, mal podría este Despacho proceder a impartir la homologación al acuerdo alcanzado, por lo que se Niega su Homologación, y se requiere en este orden de las partes, corregir el posible el acuerdo llegados a los fines legales consiguientes . Y así se decide.
EL JUEZ
ABG. MÓNICA QUINTERO
EL SECREARIO
JORALBERT CORONA
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