REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Tercero (33 °) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de Julio del año 2009
199º y 150º

N ° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-003712

Se inicia el presente procedimiento mediante demanda interpuesta en fecha 15 de julio del año 2009 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, siendo recibido por este Juzgado en fecha 16 de Julio del año 2009 y admitida en esa misma fecha librándose los respectivos cartel de notificación folios 05 y 06 del presenté expediente, así las cosas en fecha 20 de julio del año 2009 el ciudadano Jorge Luís Cualdron parte actora asistido por el abogado José Méndez inscrito en el IPSA bajo el numero 27.864 presenta diligencia mediante la cual expone “ desisto de la acción y el procedimiento de causa de calificación de despido …” en consecuencia, visto lo anterior SE HOMOLOGA el desistimiento de la parte actora en el presente juicio, este Juzgado Trigésimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dicta seguidamente el dispositivo del fallo, así: PRIMERO: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO HABIDO EN EL JUICIO INCOADO POR JORGE LUIS CUALDRON CARRILLO EN CONTRA LA COLINA STEALL HOUSE 2008, C.A y así,. ASÍ SE DECIDE.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, 22 de Julio del año 2009 Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación

El Juez
Mónica Quintero

El Secretario
Joralbert Corona