REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 2 de Julio de 2009
Años 199° y 149°

ASUNTO Nº KP01-P-2004- 000836


ACTA DE INHIBICION

En el día de hoy, 2 de Julio de 2009, constituido el Tribunal en Sala, presidido por la Abogada PILAR FERNANDEZ DE GUTIERREZ, quien con el carácter de Jueza de este Despacho judicial expuso: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 86 ordinal 7º ejusdem, presento formal INHIBICIÓN para el conocimiento del presente asunto, toda vez que revisadas como han sido las actas que lo conforman se evidencia que en fecha seis (6) de Agosto de 2004 conocí del asunto en Audiencia de Calificación de Flagrancia, habiendo dictado la medida cautelar privativa de libertad y ordenado el enjuiciamiento por vía de Procedimiento Abreviado, Actuando como Jueza de Control Novena de este Circuito Judicial Penal, en virtud de lo cual lo pertinente y ajustado a derecho, es presentar, como efectivamente lo hago, formal INHIBICION en virtud de lo cual actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley SE ORDENA : 1º) La remisión del presente asunto a la Redistribución a otro Tribunal en Función de Juicio a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva. 2º) Fórmese cuaderno de incidencias correspondientes a los fines de ser remitido con la mayor brevedad posible a la Corte de Apelaciones del Estado Lara, anexando copia de la decisión que corre al folio 21 al 23 del asunto. Líbrense los correspondientes oficios. Regístrese, publíquese y cúmplase.

La Jueza de Juicio No. 2

Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez


El Secretario

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos

El Secretario