REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-M-2006-000215
Visto el CONVENIMIENTO, presentado por el ciudadano ROBERT ROMÁN CASTILLO LÓPEZ, asistido por el Abogado en ejercicio JESUS MANUEL MALAVE, parte demandada, y el ciudadano JESUS ANTONIO MARTINEZ JOVITO, asistido por el Abogado en ejercicio JESUS MANUEL DIAZ BUSTAMANTE, parte demandante, en fecha 25 de Junio del presente año, en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMATORIO). El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se dará por terminado el presente juicio una vez conste en autos el cumplimiento del presente Convenimiento. Expídase copia certificada del presente auto. Archívese el expediente en su oportunidad.
El Juez., La Secretaria Acc.,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Bianca Escalona
Seguidamente se certificó una copia.
HRPB/BE/jysp.
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