REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, uno de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO Nº KP12-S-2009-000409
La ciudadana HELIYOJANA WILCHEZ MADRID, venezolana, mayor de edad, sin Cédula de Identidad, de este domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio ALEXANDER RIERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.107, presentó escrito por ante este Juzgado, en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Manuel Morillo, Municipio Torres del Estado Lara, inserta bajo el Nº 91 de fecha 14 de Junio de 1983; por cuanto se incurrió en el error al asentar su fecha de nacimiento como “OCHO DE LOS CORRIENTES “siendo lo correcto “OCHO DE MAYO DE 1983. ”
La solicitud se admitió acordándose resolver sumariamente y notificar al Fiscal VIII del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
De los recaudos acompañados a la solicitud, queda plenamente comprobado el error asentado en el Acta de Nacimiento perteneciente a la ciudadana HELIYOJANA WILCHEZ MADRID, motivo por el cual este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA, dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente la fecha de nacimiento de la solicitante como “OCHO DE MAYO DE 1983”, quedando sin efecto “OCHO DE LOS CORRIENTES”. En consecuencia se ordena al Prefecto del Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento antes descrita. Expídase copia certificada de esta Sentencia a la parte interesada, y envíense las necesarias a las Autoridades Civiles competentes mediante oficio a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, Primero (01) de Julio de 2.009. Años 199 de la Independencia y 150 de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abog. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria Temporal,
Abog. BLANCA PATRICIA OTERO NIETO.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 85-2009, se publicó siendo las 11:00 a.m. y se expidió copia certificada para el archivo.
La Secretaria Temporal,
Abog. BLANCA PATRICIA OTERO NIETO.
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