REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 6 de Julio de 2009
Años 199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-2446
PARTE ACTORA: YOHANA DEL CARMEN HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 15.229.249.
PARTE DEMANDADA: VASCORCA, C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, seis (6) de Julio de dos mil nueve (2009) siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 am) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció la abogada AVIANNY GARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 108.918, en su condición de Procuradora de Trabajadores. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
La Jueza,
Abg. Marbi Sulay Castro Cuello
La Secretaria,
Abg. Rosanna Blanco Lairet.-
Procuradora de Trabajadores
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