REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-

Valencia, 8 julio 2009
Años: 199º y 150º

Expediente Nº 12.259.

Vista la diligencia presentada el 2 julio 2009 por la ciudadana ELIZABETH DILIGIANNIS, Inpreabogado Nº 54.044, con carácter de apoderada judicial de la FUNDACION SISTEMA INTEGRAL DE EMERGENCIAS COJEDES 171 (SIEC 171), mediante el cual desiste del recurso interpuesto contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO COJEDES; este Juzgador observa que el desistimiento no es contrario al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte querellante. Así se decide.

Notifíquese a la Procuradora General de la República.

El Juez Provisorio,


OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
El Secretario,


GREGORY BOLIVAR R.

Exp. Nº 12.259. En la misma fecha se libró despacho de comisión y oficios Nros. 2912/13005, _____/ 2913/13006.
El Secretario,

GREGORY BOLIVAR R.
OLU/Marbella
Diarizado Nº_____