JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 16 Julio de 2009
199° Y 150°


En fecha 26 de Mayo de 2009, los abogados FREDDY BARRANCO LA GRUTTA y GLEDYS CENTENO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Números 2.904.723 y 8.372.169, inscritos en el Inpreabogado balo los números 67.386 y 102602, actuando en nombre y representación del ciudadano OMAR JOSE TOLEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.519.354, introdujo por ante el Juzgado Distribuidor de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento de su mandante, correspondiéndole por sorteo su conocimiento a este despacho, la cual fue admitida en fecha 01 de Junio de 2009.
Por cuanto consta en los autos la notificación de la Fiscal del Ministerio Publico, el Tribunal acuerda de conformidad con el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, la rectificación del Acta de Matrimonio del ciudadano OMAR JOSE TOLEDO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.514. 354, insertada por ante la Prefectura del Municipio San Joaquín del Distrito Guacara del Estado Carabobo, bajo el No. 186, folio 92 vto tomo I Año 1949, del Libro de Registro Civil de Nacimientos.
Ahora bien, como lo expresan los solicitantes en su escrito, la referida acta adolece de un error material, ya que al insertar la misma en los Libro de Registro Civil correspondiente se trascribió erróneamente el nombre de su poderdante, el cual fuera escrito en el acta de nacimiento de la siguiente manera: “OMAR RAMON”, siendo lo correcto “OMAR JOSE”.
Para efectos probatorios, los solicitantes consignaron los siguientes recaudos: Copia certificada del Acta de Nacimiento la cual corre inserta en los Libros Duplicado, donde se evidencia la veracidad del hecho planteado, marcada “B”. Copia simple del Acta de Matrimonio del poderdante, marcada “D”, inserta por ante la Prefectura del Municipio Zaraza del Estado Guarico, bajo el N° 105, folios 323 y Copia simple de la cédula de identidad del solicitante siendo OMAR JOSE, donde se evidencia la veracidad de los hechos.