REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, uno de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: GP02-S-2009-000327


Vista la diligencia de fecha 17 de Junio de 2009, presentada por el abogado en ejercicio LUIS AUGUSTO SILVA, inscrito en el Inpreabogado N.° 61.184, actuando en este acto con el carácter de apoderada judicial de PEPSI COLA VENEZUELA, C.A., mediante la cual DESISTE de la Solicitud de Consignación de Prestaciones Sociales a nombre del ciudadano TOMAS RODRIGO SANCHEZ. En consecuencia, este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo estableció el solicitante, dándole efectos de Cosa Juzgada. Así mismo se ordena Oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones a fin de que deje sin efecto la apertura de la Cuenta de Ahorro y se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo.
El Juez


Abg. JOSE DARIO CASTILLO S


LA SECRETARIA

Abg. AMARILYS MIESES M.