REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Juez Unipersonal: Sala 1
ASUNTO Nº: PP01-V-2009-000241
Vista la solicitud formulada por el ciudadano FREDIS ALFONSO BARRIOS CABALLERO, mayor de edad, venezolano, viudo, domiciliado en el Municipio Guanarito del estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad número: 17.616.998, en representación de su propio interés y de sus hijos ......, de cuatro (4) años de edad y ........, de seis (6) años de edad; con vista de las declaraciones de los testigos, quienes estuvieron acorde con lo expuesto en las mismas, de conformidad con la facultad otorgada a los jueces según lo previsto en el articulo 508 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de acuerdo a lo pedido y dejando a salvo los derechos a terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el articulo 937 ejusdem, dichas pruebas suficientes para asegurar a los ciudadanos antes mencionados, su condición de HEREDEROS de la causante DELYS YERIS MENDOZA GUTIERREZ, quien falleció ab-intestato el día 19 de abril de 2009, en la ciudad de Araure del estado Portuguesa. Devuélvanse originales con sus resultas.
La Jueza, El secretario,
Abg. Haydee de Colmenares. Abg. Alfredo Oropeza
HC/AO/lenny.