PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 26 de junio de 2009
199º y 150º
JUEZ UNIPERSONAL N° 02
ASUNTO : PP01-S-2009-000329
Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos YOMAR JOSE MOYETONES ORELLANA y SUGEIDITH JOSEFINA PACHECO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos: 12.510.327 y 17.362.510 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente y Familia, sobre el FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio de las niñas ............., de sies (06) y cinco (05) años de edad, el cual se establece de la siguiente manera; el padre buscará a sus hijas en el hogar de la madre, cada quince días, desde los días viernes a las 5:00 p.m. y los entregará a la madre los días domingos a las 5:00 p.m. Los días feriados y vacaciones serán disfrutados por ambos padres en forma alternativa y conciliada. El presente acuerdo puede ser objeto de modificación, tomando en cuenta el interesa superior de las niñas. Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de las niñas, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abog. Hirbeth Figuera de Henrique
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