REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 22 de Junio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-000582
ASUNTO: RP11-P-2009-000582

Definitivamente firme como ha quedado la decisión de fecha 26 de Mayo del presente año, dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los acusados: Idaner José Rodríguez García, venezolano, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 14.977.434, nacido en fecha 06/09/1980, de 28 años de edad, de profesión u oficio albañil, hijo de José Antonio Rodríguez y Ana García, y domiciliado en el Barrio Bolívar, Calle Bermúdez, Casa S/N, cerca de la redoma, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y Modesto Magdaleno Aguilera, venezolano, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 13.076.345, nacido en fecha 25/02/1976, de 33 años de edad, de profesión u oficio pescador, hijo de Cleofe Ugas y Felicidad Aguilera, y domiciliado en Las Parcelas de San Martín, Calle Principal, Casa N° 28, detrás del Mercal, San Martín, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 5° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Félix Rolando Ramos; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por haber operado la extinción de la acción penal por Cumplimiento satisfactorio Acuerdo Reparatorio conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 48 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal . Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA la decisión decisión de fecha fecha 26 de Mayo del presente año, dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los acusados: Idaner José Rodríguez García, venezolano, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 14.977.434, nacido en fecha 06/09/1980, de 28 años de edad, de profesión u oficio albañil, hijo de José Antonio Rodríguez y Ana García, y domiciliado en el Barrio Bolívar, Calle Bermúdez, Casa S/N, cerca de la redoma, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y Modesto Magdaleno Aguilera, venezolano, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 13.076.345, nacido en fecha 25/02/1976, de 33 años de edad, de profesión u oficio pescador, hijo de Cleofe Ugas y Felicidad Aguilera, y domiciliado en Las Parcelas de San Martín, Calle Principal, Casa N° 28, detrás del Mercal, San Martín, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 5° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Félix Rolando Ramos, por haber operado la extinción de la acción penal por Cumplimiento satisfactorio de Acuerdo Reparatorio conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 48 ordinal 6° 318, numeral 3°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia y por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar, definitivamente firme la decisión y concluida como está la causa, se ordena remitir el presente expediente al Archivo Central, a los fines de su guarda y custodia, y posterior remisión al archivo judicial mediante legajo. Cúmplase.
El Juez Segundo De Ejecución.

Abg. Luís Mariano Marsella.
La Secretaria.

Abg. Carmen Marisandra Milano.