REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, doce (12) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150°
ACTA DE JUICI
ASUNTO: AP21-L-2008-004105
En el día de hoy, viernes (12) de junio de dos mil nueve (2009), a las 10:00 a.m, hora y oportunidad fijada para que tenga lugar LA AUDIENCIA DE JUICIO en el presente procedimiento, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, encontrándose presentes el ciudadano ALFREDO FOULCATE, titular de las cédula de identidad N° 646.342, parte actora, y las abogadas VIRGINIA GRATEROL, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros. 93.239, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada en la abogada YARILLIS VIVAS, inpreabogado N° 86.849, todo en el procedimiento incoado por el ciudadano ALFREDO FOULCATE contra la empresa INVERSIONES ACJB-36 C.A, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS. En este estado, antes de darse inicio a la audiencia, las parte manifestaron a la Jueza haber llegado a un acuerdo por la cantidad única de Bs.35.000,00, los cuales ofrece el demandado pagar mediante dos cheque girados, el primero a nombre del trabajador por la cantidad de Bs. 26.250,00 y el segundo a nombre de la apoderada judicial por Bs. 8.750,00, los cuales serán entregados el día miércoles 17/06/2009. Vista la manifestación de las partes de haber llegado al acuerdo antes expresado, este Juzgado HOMOLOGA la conciliación en los términos expuestos, con el carácter de Cosa Juzgada y declarará terminado el presente juicio, así como el cierre y archivo del expediente, una vez que conste en autos diligencia suscrita por las partes haciendo del conocimiento del Tribunal el cumplimiento del citado acuerdo. Es todo, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Lisbett Bolívar Hernández de Querales
Las partes y sus apoderados judiciales
La Secretaria
Abog. Ibraisa Plasencia
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, doce (12) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150°
ACTA DE JUICI
ASUNTO: AP21-L-2008-004105
En el día de hoy, viernes (12) de junio de dos mil nueve (2009), a las 10:00 a.m, hora y oportunidad fijada para que tenga lugar LA AUDIENCIA DE JUICIO en el presente procedimiento, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, encontrándose presentes el ciudadano ALFREDO FOULCATE, titular de las cédula de identidad N° 646.342, parte actora, y las abogadas VIRGINIA GRATEROL, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nros. 93.239, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada en la abogada YARILLIS VIVAS, inpreabogado N° 86.849, todo en el procedimiento incoado por el ciudadano ALFREDO FOULCATE contra la empresa INVERSIONES ACJB-36 C.A, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS. En este estado, antes de darse inicio a la audiencia, las parte manifestaron a la Jueza haber llegado a un acuerdo por la cantidad única de Bs.35.000,00, los cuales ofrece el demandado pagar mediante dos cheque girados, el primero a nombre del trabajador por la cantidad de Bs. 26.250,00 y el segundo a nombre de la apoderada judicial por Bs. 8.750,00, los cuales serán entregados el día miércoles 17/06/2009. Vista la manifestación de las partes de haber llegado al acuerdo antes expresado, este Juzgado HOMOLOGA la conciliación en los términos expuestos, con el carácter de Cosa Juzgada y declarará terminado el presente juicio, así como el cierre y archivo del expediente, una vez que conste en autos diligencia suscrita por las partes haciendo del conocimiento del Tribunal el cumplimiento del citado acuerdo. Es todo, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Lisbett Bolívar Hernández de Querales
Las partes y sus apoderados judiciales
La Secretaria
Abog. Ibraisa Plasencia
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