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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Juzgado  Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, veintidós de junio de dos mil nueve
 199º y 150º
 
 ASUNTO: AP21-L-2008-005209
 
 Vista la diligencia suscrita por los abogados FRANCYS BUENAÑO y ROSA GONZALEZ, en su carácter de apoderados de la ciudadana GABRIELA GUERRA KHLIEFAL, en su condición de demandada,  y parte actora, respectivamente, mediante la cual   suscriben  una Transacción, en donde la parte demandada hace entrega a la parte actora de la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS bolívares fuertes, BF. 3.500,00,  en fecha librado a nombre de la trabajadora, contra el Banco Provincial,   cantidad esta que comporta  todos los conceptos demandados en el escrito libelas, en consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Homologa la Transacción suscrita en los términos en ella expuestos,   se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente.-
 
 
 El Juez
 
 Abg. Felix Milano
 
 La  Secretaria
 
 Abg. Xiomara Gelvis
 
 
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