REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 19 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de junio de 2009
198º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2009-000477
Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 26 de Junio de 2009, por los abogados MARIA EPELDE SALAZAR IPSA N° 105.131, parte oferente y por la otra el ciudadano ALBERTO NATERA FLOREZ E N° 83.024.168, asistido por la abogada YDANIA MOLINA LANDAETA IPSA N° 123. mediante la cual dejan constancia del pago realizado, asimismo consigna copia simple de cheque constante de un (01) folio útil y anexo constante de un (01) folio útil, este Juzgado por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenara el cierre y archivo del expediente. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez
El Secretario
Abg. Jhacnini Torres
Abg. Henry Jesús Castro Sánchez