N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-005232
PARTE ACTORA: RICHARD DANIEL CONTRERAS y ALVARO ENRIQUE HERNANDEZ TORTOSA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LEON SALOMON BENSHIMOL SALAMANCA y JORGE BENSHIMOL IPSA Nos: 176.696 y 4.875
PARTE DEMANDADA: BIMBO DE VENEZUELA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DELIA BELSANDRA BEBERAGGI GIL IPSA N°: 12.498
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 01 de Junio de 2009, por la Abogada DELIA BEBERAGGI, inscrita en el IPSA bajo el N° 122.498 y LEON BENSHIMOL, inscrito en el IPSA bajo el N° 76.696, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada y actora, respectivamente, mediante la cual la parte demandada ofrece por vía transaccional, a los fines de dar por terminada el presente juicio la cantidad de CIENTO DOCE MIL OCHOCIENTOS DOCE BOLÍVARES CON 64/100 (Bs.f 112.812,64), para el ciudadano RICHARD DANIEL CONTRERAS; y la cantidad de CIENTO TRECE MIL CIENTO SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON 71/100 (Bs.f. 113.172,71) para el ciudadano ENRIQUE HERNÁNDEZ TORTOZA, con ocasión a la demanda que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL incoaren los ciudadanos RICHARD DANIEL CONTRERAS y ENRIQUE HERNÁNDEZ TORTOZA contra BIMBO DE VENEZUELA, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho, que cursan inserto a los folios (09) al (10), así como al (50) al (53) del presente asunto, en los cuales se acredita el carácter de los referidos apoderado judicial de la parte actora y de la demandada, y sus facultades expresa para desistir y transigir en el presente juicio, y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre y archivo del expediente. Así mismo vista la solicitud de fecha 05-06-2009, presentada por la parte demandada referente a la devolución de los documentos originales consignados en los autos, este Juzgador lo acuerda, para lo cual insta a dicha parte a que consigne las copias respectivas. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez

Abg. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
La Secretaria

Abg. Lorena Guilarte