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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Sala de Juicio. Juez Unipersonal N° XIII
 
 Caracas, 18 de junio de 2009
 199º y 150º
 
 ASUNTO: AP51-S-2009-009932
 Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito, désele entrada anótese en los libros respectivos y regístrese, vista la Autorización para tramitar  Pasaporte, suscrita por la ciudadana JESUSITA LANDAETA,  venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-1.883.076, a favor de su nieta la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de quince (15) años de edad, asistida por la abogada LEFFY RUIZ MEDINA, Fiscal Centésima Segunda del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicita la autorización judicial para la tramitación del pasaporte de su nieta, la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de quince (15) años de edad. En consecuencia, esta Sala de Juicio lo Admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden publico, ni a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en ley, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda autorizar ampliamente a la ciudadana JESUSITA LANDAETA,  venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-1.883.076, anteriormente identificada, para que pueda tramitar la  expedición del pasaporte de la adolescente de autos, ante las autoridades correspondientes, por lo que queda sustituido por orden de este Tribunal el consentimiento del padre para la expedición del citado documento antes las autoridades de Identificación correspondientes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese oficio a la Dirección de Identificación y Extranjería (DIEX), a los fines de informarle de la presente decisión, y para la entrega de dicho oficio se nombra como correo especial a la ciudadana JESUSITA LANDAETA. Remítase mediante oficio a la Oficina de Atención al Público, copia certificada de la presente decisión.  Cúmplase -.
 La Juez,
 
 Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren.
 La Secretaria,
 
 Abg. Sally Guerrero.
 ASUNTO: AP51-S-2009-009932
 JQA/SG/Gustavo.
 
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