REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, dieciocho (18) de junio de dos mil nueve (2009).
199° y 150°
Vista la anterior diligencia estampada por la ciudadana YESENIA SOFIA ROMERO ARTEAGA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.934.631, asistida por el abogado en ejercicio ANAÚL ROJAS GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 42.722, mediante la cual solicita el desglose del Oficio Nro. 07/1309, a los efectos de practicar la notificación respectiva, este Tribunal observa, que en fecha 14 de enero de 2008, el ciudadano Alguacil dejó constancia a través de la consignación de la copia del citado Oficio Nro. 07/1309 de fecha 18 de octubre de 2007, la notificación del ciudadano Inspector del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, por tanto se niega dicho pedimento. Asimismo, agréguese al expediente judicial la copia certificada del expediente administrativo consignado.
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,
Exp. No. 005814
JAML
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