REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, tres de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AH12-S-2008-000532


Visto el escrito contenido de la solicitud de ENTREGA MATERIAL, presentada por el ciudadano EDMUNDO ROMERO, venezolano mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.615.248, debidamente asistido por la abogada en ejercicio, MARITZA MACHIN PIÑANGO, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 114682, el Tribunal le da entrada y el correspondiente curso de Ley. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el Articulo 929 y 930 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación mediante boleta del ciudadano TEOFILO SOSA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-2.068.085, a fin que comparezca por ante este despacho dentro de los Dos (02) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su notificación a objeto de que exponga lo que crean conducente en torno a la presente solicitud. Igualmente se decreta la entrega Material solicitada, la cual recaerá sobre el siguiente bien inmueble:
“…Una casa destinada a habitación, ubicada en la segunda calle de la Sabana del Blanco, entre las Esquinas de 1 Cruz y el Centro, N° 27, Jurisdicción de la Parroquia la Pastora, Municipio Libertador, del Distrito Capital, según cedula catastral N° 0101-11-U01-006-009-012-000-000-000, y sus linderos son: NORTE: En línea quebrada, compuestas de dos (2) segmentos rectos, el primero de Siete Metros con Ochenta y Ocho Centímetros (7.88m), entre vértices T-1 y T-2, y el segundo de Dos Metros con Setenta Centímetros (2,70m), entre vértices T-2 y T-3, con la Segunda calle de la Sabana del Blanco; SUR: En línea quebrada de Nueve Metros con Ochenta Centímetros (9,80m)entre vértices T-6 y T-4, en parte con inmueble que fue de Celestina Marcúñez de Rivero y en parte con terreno propiedad de Jesús Albenis Molina, ESTE: En línea de Trece Metros con Treinta Centímetros (13.30m), con calle pública entre vértices T-3 y T-4, y OESTE: En línea recta de Quince Metros con Veinte Centímetros 15,20m), entre vértices T-1 y T-6, con inmueble que fue de Vicente González…”.

A los fines de las prácticas de las mencionadas actuaciones se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que mediante el sorteo respectivo se designe el Tribunal que realizará la notificación y entrega material del bien vendido. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Articulo 901 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal advierte que si en el momento de la practica de la entrega material del bien vendido o en cualquier otra oportunidad procesal existiere oposición, el Juzgado comisionado se abstendrá de llevar a cabo la referida entrega y deberá devolver las actuaciones a este Despacho, quien emitirá el fallo respectivo.
Que se le faculta amplia y suficientemente para que se sirva notificar al ciudadano TEOFILO SOSA.
Igualmente, se le faculta para designar Perito y Depositario, quienes deberán comparecer por ante ese Tribunal a prestar el debido juramento de Ley. Líbrese Despacho anexo oficio.-
EL JUEZ.

LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ.

LA SECRETARIA


MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ
En la misma fecha del auto que antecede se deja constancia del requerimiento de los fotostátos necesarios para proveer.-
LA SECRETARIA


MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ


Exp N° AH12-S-2008-000532
LRHG/MGHR/Eduardo.-