REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, ocho (08) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
Asunto : AP11-S-2009-000540.-
Vista la anterior solicitud y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto este Tribunal sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Titulo Suficiente que acredita a los ciudadanos “REINALDO RODRIGUEZ VALIENTE (esposo de la ciudadana De Cujus), PRISCILA JOSEFINA FEO JARAMILLO (hermana de la ciudadana De Cujus) Y PATRICIA FEO GALVIS (sobrina de la ciudadana De Cujus, en virtud de su hermano premuerto OSCAR FEO JARAMILLO)”, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-1.880.152, V-3.165.967 y V-24.888.359, respectivamente, como HEREDEROS de la ciudadana “DIANA MARGARITA FEO DE RODRIGUEZ”, quien fue venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V-3.165.632. Devuélvanse las presente actuaciones a la parte interesada a los fines de juzgue conveniente, previa anotación en el Libro Diario que se lleva en este Tribunal.
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ.- LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
En la misma fecha del auto que antecede se devolvió original con sus resultas a la parte interesada, y se registró y se publicó la anterior decisión siendo las 2.30 P:M.-
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
LRHG/MGHR/CARLA.