REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2008-000402
Visto el escrito transaccional presentado en fecha dieciséis (16) de junio del presente año, por las abogadas CARMEN XIOMARA LOBO y ANNA MARIA VENDITELLI, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora y demandada respectivamente, mediante el cual llegan a un acuerdo transaccional por la cantidad de SIES MIL (B.s 6.00,00), y consigna copia del cheque no endosable emitido a favor del trabajador JESUS IVAN SANCHEZ CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V.-10.746.483, por la cantidad antes mencionada, en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo se acuerda la devolución de las pruebas consignadas por las partes en la Audiencia Preliminar tal y como se desprende del acta levantada por este Juzgado en fecha 11.03.2009, por ante la oficina de Depósito de Bienes. Cúmplase. Líbrese Oficio.-
El Juez
La Secretaria
Abg. Francisco Javier Rio Barrios
Abg. Migdalia Montilla
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