REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L -2009-000548.
PARTE DEMANDANTE: PASCUALINO GABRIEL CIANFERRA FERRIS.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ALBA PEREZ.
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA DISVEQUIM , C.A .
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN XIOMARA LOBO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.-

Vista la Transacción presentada en fecha diez (10) de junio de 2009, por la apoderada judicial de la parte demandada abogada CARMEN XIOMARA LOBO, inscrita en el IPSA bajo el N° 64.345, el ciudadano PASCUALINO GABRIEL CIANFERRA FERRI, titular de la cédula de identidad N° 6.819.290, debidamente asistido por la abogada ALBA VIRGINIA PÉREZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 36.908, plenamente identificados en autos, este Juzgado previa revisión del referido escrito de transacción se hace constar que el trabajador antes identificado recibió la suma de SIETE MIL BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (Bs.F 7.000,00), mediante cheque N° 08000076, del Banco CORP BANCA, C.A. BANCO UNIVERSAL, este Tribunal considera que la transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del ex-trabajador, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, le imparte su HOMOLOGACION, QUEDANDO CONSUMADO EL ACTO COMO COSA JUZGADA., igualmente se acuerda la devolución de las pruebas, consignadas por las partes. Líbrese el oficio en cuestión. En consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre del expediente, su correspondiente archivo, así como su cierre informático. ASI SE ESTABLECE.

Gilberto Jansen Rodríguez
El Juez
Héctor Mújica

El Secretario