REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-S-2007-015008

Los ciudadanos JANETH MARIA YANEZ PACHECO Y OSCAR EDUARDO DUGARTE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.598.999 y 7.445.976 respectivamente, de este domicilio, presentaron escrito de SEPARACION DE CUERPOS, por mutuo consentimiento. Admitida la solicitud el 01 de Octubre de 2007, se declaró la Separación de Cuerpos por estar fundamentada en causa legal. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público.- El 18 de Junio del año 2009 concurren los ciudadanos JANETH MARIA YANEZ PACHECO Y OSCAR EDUARDO DUGARTE GONZALEZ, y solicitan la CONVERSIÓN EN DIVORCIO.-
UNICO: En vista de que ha transcurrido más de un año de la separación de cuerpos, y no consta en autos ningún hecho del cual pueda inferirse la reconciliación, y previa solicitud de las partes, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la conversión en divorcio, en consecuencia declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los cónyuges, JANETH MARIA YANEZ PACHECO Y OSCAR EDUARDO DUGARTE GONZALEZ, ya identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara; en fecha 31 de Octubre del 2003. De dicha unión matrimonial, no procrearon hijos. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción y al Registro Principal correspondiente.
La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.-
Dada sellada y firmada en la sala del despacho de éste Tribunal. En Barquisimeto, a los veintiséis días del mes de Junio de dos mil nueve.-
El Juez, La Secretaria Acc,


Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte. Abg. Bianca M Escalona.

HRPB/BME/Lndem.-