REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-003007
Vista la solicitud que procede suscrita por de la ciudadana ALEJANDRINA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad números V-1.275.931, de este domicilio, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 50.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana ALEJANDRINA RODRIGUEZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA URBANIZACION NUEVA SEGOVIA, CALLEJON 5ª CON ENTRADA POR LA CARRERA 3 ENTRE CALLES 5 Y 6 Nº 3-37, PARROQIA CATEDRAL, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: En dos líneas una de 1,98 mts con terrenos ocupados por Frank Carter y otra de 22,21mts con terrenos ocupados por Ana Cerradas; SUR: En dos líneas una de 16,69mts y otra de 6,28 mts con terrenos ocupados por Guillermo Isasa.; ESTE: En tres líneas una de 2,16 mts con terrenos ocupados por Ana Cerradas, otra de 13,70 mts con callejón 5 a, que es su frente y otra de 0,36 mts con terrenos ocupados por Guillermo Isasa; OESTE: En línea de 13,30 mts con terrenos ocupados por Francisco. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
EL JUEZ, LA SECRETARIA, ACC.
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B.
ABG. BIANCA ESCALONA.
HRPB/ BE/A.C.
La Suscrita Secretaria Accidental del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.
LA SECRETARIA
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