REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: KP02-F-2007-000167
Visto el convenimiento efectuado por la parte demandada en fecha 13 de Mayo 2009 en el presente juicio de Reconocimiento de Filiación, intentado por el ciudadano: WILFREDO ANTONIO PEROZO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Estado Lara, para que proceda a insertar el presente auto homologatorio en el Libro de Nacimientos del corriente año, de tal manera que haga las veces de Acta de Nacimiento del ciudadano WILFREDO ANTONIO PEROZO, nacido en fecha 28 DE Septiembre de 1975 en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, hijo de MARIA DEL CARMEN PEROZO ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 5.243.193.-
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario
Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/mm
El Suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, CERTIFICA que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que las contiene el Expediente N° KP02-F-2007-167, Certificación que se expide, en Barquisimeto A los Tres días (03) días del mes de Junio de 2009. Años 199° y 150°.
El Secretario
Abg. Roger José Adán Cordero
mm.