REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 12/06/2009, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Barrio José Félix Rivas Calle 2 entre Carreras 1 y 2 S/N° Barquisimeto. Una vez en la dirección ya indicada, el Juez dio los toques de ley y nadie responde al llamado del tribunal y se observa a través de las rejas el estado de suciedad de la vivienda, la vecina de enfrente que no quiso identificarse manifestó que la casa se encuentra sola desde hace varios días a raíz de la muerte del señor Jesús. Visto lo expuesto por la vecina la parte actora pide al Tribunal no devolver la comisión hasta su cumplimiento ya que el día de hoy no fue posible su cumplimiento, igualmente pido al Tribunal se sirva regresar a su sede que en otra ocasión pediré nueva oportunidad. Visto lo expuesto por el Actor el Tribunal ordena regresar a su sede siendo las 10:15 a.m. En fecha 03/07/2009, se cumple la Comisión en la siguiente dirección: Barrio Andrés Eloy Blanco Carrera 1 con Carrera 3 Casa N° 11 Barquisimeto. El Tribunal notificó al Ciudadano(a): Rita Mercedes Rojas de Torres, dijo que ella y el niño se fueron para los Humocaros. El Tribunal oye a un niño llorar por lo que le pidió a la notificada que le trajera al niño y se constató que era el menor Juan Diego Castillo Vargas siendo reconocido por su padre. Seguidamente se presentó la madre del niño con una actitud hostil la cual estaba presenciando el niño, por lo que se optó por llevar al niño al Tribunal ante la presencia del Juez de Juicio N° 1, Dra. Holanda Dam quien se hizo cargo de la situación. El niño quedó con su papá. El Tribunal da por concluido el acto siendo la 1:00 p.m.