REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO

En horas de despacho del día de hoy, Diez (10) de Junio de dos mil Nueve (2009), siendo las 11:30 de la mañana, de conformidad con lo previsto en el Artículo 193 del Código de Procedimiento Civil, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las puertas de un inmueble constituído por una oficina distinguida con el N° 18-1, que forma parte del conjunto arquitectónico “EL CAMORUCO”, situado en la Avenida Bolívar Norte, esquina de la Calle 137-A, Piso 18, en Jurisdicción de la Parroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía del abogado ROGELIO TOSTA FARACO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°9.902, en su carácter de Apoderado Judicial de la Comunidad de Copropietarios del Centro Comercial y Profesional “EL CAMORUCO”, a fin de practicar el Embargo Ejecutivo decretado por el comitente. El Tribunal hizo los tres respectivos toques de Ley, sin recibir respuesta alguna ni del interior ni del exterior del inmueble. Presente el ciudadano MARTIN DURAN ZAMBRANO, titular de la Cédula de Identidad N° 9.193.840, en su carácter de administrador del condominio del centro comercial se le notifica de la misión a realizar. En este estado interviene el abogado actor y expone: Consigno en este acto copia simple del documento de propiedad del inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal para que sea agregado a los autos y solicito se designe cerrajero para que apertura las puertas del inmueble. El Tribunal agrega a los autos el recaudo consignado y solicitado como ha sido por la parte actora se designa como cerrajero a FREDDY JAVIER APONTE BERRIOS, titular de la Cédula de Identidad N° 20.179.506, quien estando presente acepta el cargo, presta el juramento de Ley y procede a aperturar las puertas del inmueble. Abiertas las puertas del inmueble el Tribunal se constituye dentro del mismo haciendo constar que dentro del mismo no se encontró dinero de ninguna denominación ni título valor, ni prendas. Interviene la parte actora y expone: solicito del Tribunal se sirva designar a la Depositaria Judicial Carabobo, C.A., y perito Avaluador. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora se designa a la Depositaria Judicial Carabobo, C.A., representada en este acto por Adriana Teresita Márquez, titular de la Cédula de Identidad N° 7.012.830 y como perito Avaluador a Juan Pedro Colmenarez, titular de la Cédula de Identidad N° 10.643.606, quienes estando presentes aceptan el cargo prestan el juramento de Ley. En este estado interviene el abogado actor y expone: Señalo al Tribunal para ser embargado ejecutivamente previo avaluó del perito el siguiente bien propiedad de la demandada SERVICIOS ENCAVEN, C.A.: Un Inmueble constituido por una oficina distinguida con el N° 18-1, que forma parte del conjunto arquitectónico “EL CAMORUCO”, situado en la Avenida Bolívar Norte, esquina de la Calle 137-A, Planta Decima Octava, Jurisdicción de la Parroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo, con un área aproximada de CIENTO CINCO METROS CUADRADOS (105,00 Mts2) y consta de Un (1) Salón para oficina y dos (2) salas de baño y se encuentra alinderada de la siguiente forma: NORTE: Oficina 18-8 y pasillo de circulación; SUR: Fachada sur del conjunto arquitectónico; ESTE: Fachada Este del Conjunto Arquitectónico y OESTE: Oficina 18-2, ductos de ventilación y foso de ascensores. Igualmente le corresponde la propiedad exclusiva e inseparable de un (1) puesto de estacionamiento para automóvil situado en la planta techo, área comercio del conjunto arquitectónico “EL CAMORUCO” y señalado con el N° 18-1, también le corresponde un porcentaje de condominio del 0,3088% sobre los bienes y cargas comunes del condominio; y le pertenece a la demandada de autos Sociedad de Comercio “SERVICIOS ENCAVEN, C.A.”, según consta de documento protocolizado por ante el Registro Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Valencia (Hoy Municipio) en fecha Diez (10) de Julio de 1992, bajo el N° 2, Protocolo Primero, Tomo 6, de los Libros de Registro llevados por esa oficina. Interviene el Perito Avaluador y expone: Avalúo el inmueble señalado en la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bsf. 180.000,00). El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora y ordenado por el comitente, declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el Inmueble constituido por una oficina distinguida con el N° 18-1, que forma parte del conjunto arquitectónico “EL CAMORUCO”, situado en la Avenida Bolívar Norte, esquina de la Calle 137-A, Planta Decima Octava, Jurisdicción de la Parroquia San José Municipio Valencia del Estado Carabobo, con un área aproximada de CIENTO CINCO METROS CUADRADOS (105,00 Mts2) y consta de Un (1) Salón para oficina y dos (2) salas de baño y se encuentra alinderada de la siguiente forma: NORTE: Oficina 18-8 y pasillo de circulación; SUR: Fachada sur del conjunto arquitectónico; ESTE: Fachada Este del Conjunto Arquitectónico y OESTE: Oficina 18-2, ductos de ventilación y foso de ascensores. Igualmente le corresponde la propiedad exclusiva e inseparable de un (1) puesto de estacionamiento para automóvil situado en la planta techo, área comercio del conjunto arquitectónico “EL CAMORUCO” y señalado con el N° 18-1, también le corresponde un porcentaje de condominio del 0,3088% sobre los bienes y cargas comunes del condominio; y le pertenece a la demandada de autos Sociedad de Comercio “SERVICIOS ENCAVEN, C.A.”, según consta de documento protocolizado por ante el Registro Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Valencia (Hoy Municipio) en fecha Diez (10) de Julio de 1992, bajo el N° 2, Protocolo Primero, Tomo 6, de los Libros de Registro llevados por esa oficina. En este estado interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal por cuanto dentro del inmueble donde nos encontramos constituidos existen varios bienes mueble empolvado y en estado de abandono, se ordene el depósito necesario de los mismos. El Tribunal solicitado como ha sido y por cuanto ciertamente se observan bienes muebles que se describen a continuación se declaran en depósito necesario previo avalúo del perito: 1) Cuatro (4) sillas para visitantes, tapizadas en tela color gris, bastante usadas (pegadas y tela deteriorada), avaluadas en Bsf. 160,00; 2) Un escritorio tipo “L” en aparente “MDF” compuesto de dos (2) gavetas y un porta teclado usado con su respectiva silla giratoria tapizada en tela color negro; 3) Dieciocho (18) propagandas en sus respectivos marcos de color azul, representando gastronomía y frutas y se lee EUREST, usados, avaluados en Bsf. 18,00;4) Un escritorio tipo “L” en aparente “MDF”, en color marrón y negro con base en aparente hierro bastante usado, compuesto por dos gavetas y un porta CPU, avaluado en Bsf. 300,00; 5) Un juego de computadora compuesto por un teclado marca IBM, Modelo KB-0225, serial 0246816, un mouse marca “CE”, serial 087457; un monitor marca IBM, modelo 6332-4HN/A, serial 88MC751, un CPU marca IBM, serial 11S23PO321ZJ1Mjg00HWPH, una impresora marca HP Modelo 1300mm, CNBJF63437, todos los equipos se encuentran bastante usados y se desconoce el funcionamiento y sus ocultos de los equipos, avaluados en Bsf. 450,00; 6) Seis (6) sillas para visitantes tapizadas en tela color negro giratoria, bastante usadas, avaluadas en Bsf. 300,00; 7) Un escritorio tipo “L” en aparente madera color marrón, compuesto por 3 gavetas, un porta teclado, bastante usado, avaluado en Bsf. 200,00; 8) Un archivador en aparente “MDF”, color marrón compuesto por 4 gavetas usado, avaluado en Bsf. 200,00, 9) Una impresora marca HP modelo 1010, serial CNBJG58881, usada, se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, serial CNFB078890, avaluada en Bsf. 250,00; 10) Una silla semi-secretarial , rodante giratoria, tapizada en tela color negro y posa brazos, bastante usada , avaluada en Bsf. 60,00; 11) Un mueble aparente “MDF” compuesto de 6 entrepaños, bastante usado, avaluado en Bsf. 120,00; 12) Treinta (30) bolsas conteniendo uniformes, tapa bocas, botas de seguridad de diferentes colores y numero, carpetas, envases plásticos, manteles, teclados, cascos de seguridad, bandejas, avaluada en Bsf. 100,00 cada una, es decir, Bsf. 3.000,00; 13) Veintitres (23) cajas contentivas de papeles varios, carpetas, teléfono, tickets, calculadoras canon (03), modelo MP41DH, rollos para calculadoras de papel, teléfono (03), cafetera sin vaso, avaluadas en Bsf. 100,00 cada una, es decir, Bsf. 2.300,00; 14) Tres (3) propagandas con su marco de color azul representando gastronomía, avaluado en Bsf. 3.000,00; 15) Un escritorio tipo “L” en aparentemente “MDF” color marrón y negro, compuesto de 2 gavetas bastante usado avaluado en Bsf. 300,00; 16) Un equipo de computadora compuesto por un teclado marca IBM, modelo SK-8820, serial 11658621, un CPU marca IBM, serial KCKKOHO, un mouse marca IBM, modelo 6332-4HN/A, serial 88GN423, una impresora marca HP, serial CN5CH1JOXX, modelo 3940, todos los equipos se encuentran bastante usados desconociéndose su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluado en Bsf. 450,00; 17) Un silla giratoria rodante para visitante tapizada en tela color negro, bastante usada, avaluada en Bsf. 50,00; 18) Un silla giratoria para visitantes tapizada en tela color negro bastante usada, avaluada en Bsf. 50,00; 19) Una impresora marca HP, modelo 3940, serial CN5B71J1HV, bastante usada y se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluada en Bsf. 100,00; 20) Una rebanadora bastante usada y deteriorada modelo MEC-25 N° OV-54, sin marca visible aparente, se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos; 21) Una caja conteniendo 4 CPU marca IBM y dos impresoras marca HP, bastante deteriorados se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluado en Bsf. 600,00; 22) Una caja conteniendo dos monitores marca IBM, bastante deteriorada, seriales 88CBTG2 y 88WZ310, respectivamente, se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluado en Bsf. 250, 00 cada uno; 23) Un caja conteniendo dos cajas registradoras, marca BMC modelo CR280, número de registro NAB-9000209-NAB-9000207, respectivamente, serial N° 0039000209 y 0039000207, en su orden, se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluado en Bsf. 400,00, cada uno; 24) Una caja conteniendo un monitor marca IBM, serial VRWFY22 y una impresora marca EPSON modelo P892A y serial N° 3KDY075682, bastante deteriorados ambos equipos y se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluado en Bsf. 400,00; 25) Cuatro propagandas con su m arco de color azul, de aproximadamente 1,70X1,50, representando gastronomía, usados, avaluados en Bsf. 10,00 cada uno; 269 Un escritorio tipo “L” en aparente “MDF”, compuesto por tres gavetas, un porta teclado, avaluado en Bsf. 350,00; 27) Dos sillas giratorias tapizadas en color negro bastante usadas y sucias, avaluadas en Bsf. 50,00 cada una; 28) Un escritorio tipo “L” en aparente “MDF”, compuesto por dos gavetas, un porta CPU bastante usado, avaluado en Bsf. 350,00; 29) Una fotocopiadora marca canon modelo 7130, serial N° NVF89528, bastante usado, se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluado en Bsf. 1.300,00; 30) Dos sillas para visitantes tapizadas en tela color rojo bastante usadas, (sucias y manchadas) giratorias rodantes (una de ellas con posa brazos) avaluadas en Bsf. 60,00 cada una; 31) Un Microondas marca GOLD STAR, modelo N° MA748W, serial N° 410TA04318, usado se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluado en Bsf. 130,00; 32) Un teléfono Fax marca Brother modelo Fax-275, serial U56454G3K524751, bastante deteriorado y se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluado en Bsf. 70,00; 33) Una máquina eléctrica marca cannon bastante deteriorada, modelo N°AP1500, serial N° AA2313235 se desconoce su estado de funcionamiento y vicios ocultos, avaluado en Bsf. 80,00; lo que asciende a un total de DIECISEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES (Bsf. 16.698,00). En este estado interviene la representante de la depositaria judicial designada y expone: Recibo en este acto el inmueble embargado ejecutivamente así como los bienes declarados en depósito necesario, haciendo saber que en el centro comercial existe vigilancia privada permanente, haciendo la salvedad que el inmueble se encontraba abandonado, deteriorado, la pintura en mal estado, con filtraciones, sin corriente eléctrica, sucio. El Tribunal ordena oficiar lo conducente al Registro respectivo y se pega el respectivo cartel a las puertas del inmueble, que queda bajo la guarda y custodia de la depositaria designada libre de bienes y personas así como también la guarda y custodia de los bienes descritos y declarados en depósito necesario. Es todo. Las firmas que suscriben la presente acta son estampadas sin coacción ni apremio. Siendo las 5:00 de la tarde el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA,

DRA. NINOSHKA ZAVALA

LA PARTE ACTORA,

EL DEPOSITARIO,

EL PERITO,


EL NOTIFICADO,




LA SECRETARIA,

ABG. ZORKA CARBONELL