REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, tres (03) de junio de 2009
199º y 150º
Nº de expediente: :GP02-L-2008-001593
Parte demandante: JOSE FLORENCIO BASORA CAYAMA, titular de la cedula de identidad N° 14.709.762
Apoderado Judicial de la parte demandante: Abogada: YERINA QUINTERO GOMEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 77.758
Parte Demandada :
Apoderada Judicial de la parte Demandada TRANSPORTE ABRAHAM Y JAVIER, C.A.
Abogada: MARITZA HURTADO inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 48.734
Motivo: PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy tres (03) de junio de 2009, y siendo las 11:00 am, y la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron la apoderada judicial del demandante KEYNA JIMENEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 125.291 y la demandada TRANSPORTE ABRAHAM Y JAVIER, C.A. representada en este acto por el ciudadano JOSE DOMINGO SILVA titular de la cedula de identidad Nª 7.019.558 en su carácter de Presidente de la demandada y representado por su apoderado judicial MARITZA HURTADO inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 48.734 y debidamente representados se da inicio a la prolongación de la Audiencia Preliminar y en este acto y de común acuerdo y sin apremio y sin coacción de ninguna especie, y bajo la permanente actuación y función mediadora del Juez Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, que suscribe esta transacción, expresan su voluntad de querer a través de los medios alternativos de solución de conflictos dar por terminado el presente procedimiento, lo cual hacen bajo las siguientes condiciones: 1ª) EL EX TRABAJADOR acuerda dar por terminado este proceso, y la demandada ofrece en este acto en pagarle a EL EX TRABAJADOR, la suma total, absoluta y global que abarca todo los derechos inherentes a la relación de trabajo (Antigüedad, intereses sobre prestaciones, vacaciones y Bono vacacional fraccionados, utilidades fraccionadas y las indemnizaciones establecidas en el articulo 125 de al Ley Orgánica del Trabajo) que existió con el trabajador por Bs. 5.000,00 pagaderos en dos (2) cuotas, la primera cuota por Bs. 4.000,00 para el día 05 de junio de 2009 y la segunda cuota por Bs. 1.000,00 para el 06 de julio de 2009 ambas se cancelaran a las 10:00 am por ante la U.R.D.D; 2ª) EL EX TRABAJADOR antes identificado ACEPTA el acuerdo Transaccional en los términos aquí establecidos por el monto global establecido y ofrecido por la demandada, por CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) Y el trabajador manifiesta en este acto que tiene anticipo de prestaciones sociales por Bs. 3.000,00. El demandante autoriza en este acto que de lo Bs. 5.000,00 que va a recibir por acuerdo transaccional se realice un cheque de Bs. 1.000,00 a nombre de su apoderada judicial YERINA QUINTERO, y la demandada así lo acuerda;3º) El tribunal HOMOLOGA la misma con los efectos de COSA JUZGADA LABORAL en los términos expuestos en el Art. 89.02 del Texto de La Constitución Nacional, Art. 3º de la LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO y 10º y 11º de su Reglamento, y 133 de la LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO y dará por terminado el presente procedimiento y se ordenará de igual forma el archivo del expediente respectivo una vez que conste en auto el cumplimiento del acuerdo aquí establecido y se devuelven las pruebas de cada una de las partes. Es nuestra voluntad en los términos expuestos.
LA JUEZ,
EL DEMANDANTE,
LA APODERADA JUDICIAL DEL DEMANDANTE
LA DEMANDADA,
LA APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA,
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