REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintinueve de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: GP02-L-2007-002361
DEMANDANTE: GUSTAVO MANUEL ECHEVERRIA MORALES
DEMANDADO: TRANSPORTE Y SERVICIOS ESPECIALES, C. A.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO
Dando cumplimiento con lo ordenado por el Juzgado Superior Primero de esta Circunscripción Judicial, que cursa en el expediente desde el folio 453 al folio 455, respecto a la Homologación de la transacción celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa, por una parte el demandante GUSTAVO MANUEL ECHEVERRIA MORALES y por la otra parte la Empresa demandada TRANSPORTE Y SERVICIOS ESPECIALES, C. A. Este Tribunal, HOMOLOGA la misma, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente. Hágase la anotación en el libro de entradas y salidas
LA JUEZ,
ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS
LA SECRETARIA,
AMARILYS MIESES MIESES.
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