REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
valencia, 11 de junio de 2009
199° y 150°
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
No. Expediente N° 17.558
ASUNTO: GP02-L-2008-000765
Parte demandante ELY CESAR TORRES ARCIA, CÉDULA DE IDENTIDAD No. 11.172.740
Abogado De la parte demandante ABOGADOS CESAR AUGUSTO CAMPOS GUEVARA y NAZIRA DE CAMPOS, IPSA Nos. 43.157 Y 46.746, RESPECTIVAMENTE.
Parte demandada
PEPSI-COLA VENEZOLANA C.A.
Abogados de la parte demandada ABOGADO LUIS AUGUSTO SILVA, ROSA ELENA MARTINEZ DE SILVA Y OTROS, IPSA Nos. 61.184 Y 15.071, RESPECTIVAMENTE.
Motivo:
COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Revisadas las actas procesales, se observa:
PRIMERO: Se dio inicio a la presente causa mediante demanda presentada en fecha 10 de abril de 2008, la cual quedó asignada al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Admitiéndose la demanda en fecha 14 de abril de 2008 y ordenándose la notificación de la demandada mediante Cartel a los fines de su comparecencia a la audiencia prelilminar.
SEGUNDO: Se dio inicio a la audiencia preliminar, el día 27 de junio de 2.008, y conforme acta de fecha 05 de febrero de 2009, se dio por concluida la audiencia preliminar por lo cual se ordenó incorporar a los autos las pruebas promovidas por las partes.
TERCERO: En fecha 13 de febrero del 2009, el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remite el expediente a la URDD para su distribución entre los Juzgados de Juicio.
CUARTO: En fecha 19 de febrero de 2009, en virtud de la distribución aleatoria realizada por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) la causa quedó asignada a este Juzgado, dándosele entrada el día 25 de febrero de 2009.
QUINTO: En fecha 04 de marzo de 2009, se admitieron y reglamentaron las pruebas promovidas por las partes, fijándose la oportunidad para la celebración de la audiencia oral de Juicio.
SEXTO: En fecha 09 de junio de 2009, las partes presentaron por ante la Unidad de Receptora y Distribuidora de Documentos, escrito mediante el cual celebran transacción a los fines de dar por terminado el litigio, constante de cuatro (4) folios y un (1) recaudo anexo, el cual riela del folio 145 al 149, ambos inclusive
Verificadas las facultades de los representantes judiciales de las partes para transigir y vista que la transacción celebrada no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, teniendo dicho acuerdo con autoridad de Cosa Juzgada.
La Juez,
Abg. Beatríz Rivas Artiles
La Secretaria,
Abg. Lisbeth Morillo Mendoza
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 03:16 p.m.-
La Secretaria,
Abg. Lisbeth Morillo Mendoza
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