CARACAS, _________ (_____) DE MARZO DE 2009
Años 198° y 150°

En fecha 31 de marzo de 2008, en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, se recibió el Oficio Número 473 de fecha 25 de marzo de 2008, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada Janette Elvira Sucre Dellan, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 76.596, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana INÉS ALEJANDRINA ZAPATA DE VILLARREAL, titular de la cédula de identidad número 2.8003.181, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DE FINANZAS (hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS FINANZAS).

Tal remisión se efectuó en virtud de los autos de fecha 25 de marzo de 2008, mediante el cual se oyó en ambos efectos el recurso de apelación ejercido, por la abogada Janette Elvira Sucre Dellan, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Inés Alejandrina Zapata de Villareal, y por abogada Nancy Laya inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 65.408, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte querellada, contra la sentencia dictada por el referido Juzgado Superior el 30 de noviembre de 2007, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto.

El 8 de abril de 2008, se dio cuenta a esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y, por auto de esa misma fecha, se designó ponente al Juez Emilio Ramos González, dando inicio a la relación de la causa cuya duración fue de quince (15) días de despacho, dentro de los cuales la parte apelante debía presentar las razones de hecho y de derecho en que se fundamenta la apelación interpuesta, conforme a lo dispuesto en el artículo 19, aparte 18 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

El 28 de abril de 2008, la abogada Nancy Laya, en su carácter de apoderada judicial del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, presentó el escrito de fundamentación al recurso de apelación interpuesto.

En fecha 9 de mayo de 2008, se inició el lapso de cinco (5) días de despacho para la promoción de pruebas.

Por auto del 5 de junio de 2008, vencido el lapso de promoción de pruebas sin que las partes hayan hecho uso de tal derecho, se fijó el acto oral de informes, para el día 29 de enero de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 19, aparte 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

El 29 de enero de 2009, se dejó constancia que en virtud de la no asistencia de las partes, ni por si mismos ni por medio de sus apoderados judiciales, se declaro desierto el acto de informes orales fijados para ese día.

En fecha 3 de febrero de 2009, vencido el lapso para la presentación de los informes, se dijo “Vistos”.

En fecha 5 de febrero de 2009, se pasó el expediente al Juez ponente.

II

En el caso de autos corresponde a esta Corte resolver los recursos de apelación intentados en fechas 19 de febrero, y 13 de marzo de 2008, por la abogada Janette Elvira Sucre Dellan, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte querellante, y la abogada Nancy Laya, , con el carácter de apoderada judicial del Ente querellado, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en fecha 30 de noviembre de 2007, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella incoada.

En fecha 8 de abril de 2008, se dio cuenta a esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y, por auto de esa misma fecha, se designó ponente al Juez Emilio Ramos González, dando inicio a la relación de la causa cuya duración fue de quince (15) días de despacho, dentro de los cuales la parte apelante debía presentar las razones de hecho y de derecho en que se fundamenta la apelación interpuesta, conforme a lo dispuesto en el artículo 19, aparte 18 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.

El 28 de abril de 2008, la abogada Nancy Laya, en su carácter de apoderada judicial del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, presentó el escrito de fundamentación al recurso de apelación interpuesto.

En fecha 8 de marzo de 2006 se recibió de la abogada Roberta Núñez Díaz, con el carácter de apoderada judicial del Municipio Baruta del Estado Miranda, escrito de fundamentación al recurso de apelación interpuesto.

En este orden de ideas, observa esta Corte que no se encuentra inserto en el expediente judicial el cómputo necesario a fin de determinar el vencimiento del lapso para de presentar el escrito de fundamentación de conformidad con lo establecido en el aparte 18 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud que dicho cómputo resulta esencial en aras de realizar un pronunciamiento ajustado en derecho y garantizar la efectiva tutela de los derechos de las partes, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2º del artículo 514 del citado Código de Procedimiento Civil, ordena a la Secretaría de esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo efectuar el cómputo antes señalado.

Publíquese, regístrese, Cúmplase lo ordenado.

El Presidente,


EMILIO RAMOS GONZÁLEZ
Ponente

El Vicepresidente,


ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA

El Juez,


ALEJANDRO SOTO VILLASMIL


La Secretaria.


YESIKA ARREDONDO GARRIDO

Exp. Nº AP42-R-2008-000530
ERG/04

En fecha ( ) de de dos mil nueve (2009), siendo las y _______ minutos de la _________ (__), se publicó y registró la anterior decisión bajo el Nº ________

La Secretaria.