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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, seis de marzo de dos mil nueve
 198º y 150º
 
 ASUNTO : AP21-L-2006-002803
 
 Visto que en fecha 26 de Febrero de 2009, oportunidad fijada por éste Tribunal para llevar a cabo medida ejecutiva de embargo,  en virtud del cumplimiento voluntario adeudado a la parte actora, en la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por el ciudadano  JOSE LEAL contra la empresa OTICECA, C.A.; y dado que ambas partes suscribieron acuerdo, este Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, se da por terminado, se ordena el cierre informático y el archivo del expediente.- ARCHIVESE.-
 
 El Juez
 
 La Secretaria
 
 Abg. Felix Milano
 
 
 Abg. Lorena Guilarte
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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