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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
 Nacional de Adopción Internacional
 Sala de Juicio Juez Unipersonal Nº 1
 Caracas, 20 de marzo  de 2009
 Años: 198º y 150º
 ASUNTO: AP51-S-2008-021094
 Vista la Solicitud de Autorización Judicial para Separarse del Hogar, presentada por la ciudadana MARIA DEL VALLE FAGET AVELEDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-10.788.250, debidamente asistida por el Abg. JOSE AVELEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 56.583, este Juez Unipersonal Nro. 1 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, conforme a lo dispuesto en el Artículo 138 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 177, parágrafo 4° literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, sin perjuicio de terceros y sin entrar a prejuzgar lo dicho por los testigos promovidos, concede a la ciudadana MARIA DEL VALLE FAGET AVELEDO, ut supra identificada, Autorización para Separarse Temporalmente de la residencia común en compañía de sus hijas, (X)  y (X), con sus enseres y demás pertenencias personales indispensables y residenciarse la siguiente dirección: Avenida Circunvalación del Sol, Edificio El Jardín, Apartamento 84, Urbanización Santa Paula, Baruta, Estado Miranda.- Así se declara.-
 En consecuencia, expídanse por Secretaría las copias certificadas que requiera la  solicitante, con inserción de la presente decisión. Asimismo, se acuerda la devolución de los documentos originales consignados en autos y el archivo del presente expediente, una vez sean consignados los fotostatos requeridos para tal fin. Cúmplase.-.
 EL JUEZ,
 
 
 ABG. JORGE GUSTAVO MIRABAL
 LA SECRETARIA
 
 ABG. KARLA SALAS.
 JGM/CM/YCEBERG.-
 AP51-S-2008-021094
 
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