REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Martes Tres (03) de Marzo del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Temporal, Abogada Carmen Alarcón Reaño, de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada Sandra Milena Valderrama Mejía, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.638, y del funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, ciudadano: Gruver Malave, cédula de identidad nro. 11.197.432, placa nro. 8697, adscrito a la División Motorizada en la siguiente dirección: “Una (1) casa de una (1) planta, distinguida con el Nº Tres (3), situada en el Sector La Cañada, Calle Real, frente al Módulo Policial, Parroquia 23 de Enero, Municipio Libertador, Distrito Capital”; a objeto de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio que por Desalojo, sigue la ciudadana: Carmen Vitale Palma, contra el ciudadano Carlos Alberto Valera, expediente Nº AP31-V-2007-002640.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado, el Tribunal procedió a dar los toques de ley, siendo atendido por el ciudadano : Carlos Alberto Valera (Demandado), Venezolano, mayor de edad e identificado con la cédula de Identidad Nº V-4.416.341; quien notificado de la misión del Tribunal y en conocimiento del contenido del Despacho, manifestó: “Que ocupaba el inmueble, él tenia conocimiento del caso y de hecho ya tenia bienes de su propiedad embalados para mudarse, y todas las pertenencias y bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble supra- identificado donde se encuentra constituido el Tribunal, son de su propiedad y serán trasladados bajo su riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección:“Esquina Abanico, Local Nro 2, Avenida Baralt, Municipio Libertador, Distrito Capital”.- Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material a la Parte Actora, en la persona de su Apoderada Judicial, Abogada Sandra Milena Valderrama Mejia antes identificada, del siguiente inmueble: “Una (1) casa de una (1) planta, distinguida con el Nº Tres (3), situada en el Sector La Cañada, Calle Real, frente al Módulo Policial, Parroquia 23 de Enero, Municipio Libertador, Distrito Capital”; quien lo recibe conforme en nombre de su representada, con las llaves de sus puertas principales.- Es todo”.- Cumplida la presente comisión, se acuerda la devolución de la comisión al Tribunal Comitente y da por terminado el acto siendo las (1:30 p.m.) - Terminó, se leyó y conformes firman.-
Juez Titular.-

El Notificado (Demandado)


La Apoderada Actora.

El Funcionario De La
Policía Metropolitana
La Secretaria Temporal
Comisión: 1956-09
MCC|clar.-