Tribunal Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas; 24 de marzo de 2009
198° y 150°


PARTE ACTORA: EDWIN ALBERTO ROJAS BARRIOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 12.334.868.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: JUAN JOSE APONTE y OTROS, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 68.968.

PARTES CODEMANDADAS: COTECNICA CHACAO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 06 de septiembre de 1993, bajo el Nº 52, Tomo 105-A Pro.-

APODERADOS JUDICIALES DE LAS CODEMANDADAS: ANGEL MENDOZA y OTROS, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 117.160.

MOTIVO: INHIBICIÓN

ASUNTO Nº: AH22-X-2009-000008

Se encuentran en esta Superioridad las presentes actuaciones en virtud de la inhibición formulada por el Dr. Carlos Pino, en su carácter de Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante acta de fecha 16 de marzo de 2009, inserta en el folio 9 del presente expediente, en la cual señaló lo siguiente:

“…Por cuanto el abogado Ángel F. Mendoza Q. (…), fue Abogado Asistente de este Tribunal y considero que tenemos amistad íntima, me inhibo de seguir conociendo el presente juicio interpuesto por el ciudadano Edwin Rojas contra la sociedad mercantil «Cotécnica Chacao, c.a.», de conformidad con lo previsto en el artículo 31.4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo …”

Visto lo expuesto por la Dr. Carlos Pino, y revisadas como han sido las actas procesales se observa que no consta de autos nada que contraríe lo expuesto por la misma, siendo forzoso para éste Juzgador declarar la procedencia de la presente inhibición, en cuyo caso opera el contenido del numeral 4º del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.-

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por autoridad de la Ley declara: ÚNICO: CON LUGAR la inhibición planteada por el Dr. Carlos Pino, en su carácter de Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por el ciudadano Edwin Rojas contra la sociedad mercantil Cotécnica Chacao, C.A.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de marzo del año dos mil nueve (2009). Años: 198º y 150º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-

EL JUEZ

MARCIAL MUNDARAY



LA SECRETARIA;

MARIELYS CARRASCO

NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.


LA SECRETARIA

MARIELYS CARRASCO