REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES CUARTO DE JUICIO DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 18 de Marzo de 2009
Años: 197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: KPO1-P-2005-001623
FUNDAMENTACIÓN AUDIENCIA 250
Corresponde a este Tribunal, pasar a fundamentar Audiencia de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud que el representante del Ministerio Público pone a derecho ya que pesa Orden de Aprehensión en contra de la ciudadana MARELYS CAROLINA LINAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.873.292, Venezolana, de 25 años de edad, nació el 30.08.1984, oficio ama de casa, nació en Sanare, residenciado Sanare Andrés Eloy Blanco Calle Principal. Edo. Lara. Por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previstos y sancionados en el artículo 31 segundo aparte de Ley Orgánica Contra el tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
IMPOSICIÓN AL IMPUTADO POR PARTE DEL TRIBUNAL
Se impone a la acusada del Precepto Constitucional inserto en el artículo 49, ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y Libre de juramento así como de toda coacción o apremio la acusada expone: No me presente porque soy testigo en un caso muy importante y han matado a toda mi familia, a mi hermano, a mi papá, a mi mamá, los policías nos están matando a uno por uno, tengo miedo. Cuando me entere de la orden de captura me presente ante el fiscal del Ministerio Público, y vine al juicio. Pero tengo miedo de presentarme y de que me encuentren, han matado a toda mi familia, solo me queda una tía viva, yo soy madre. Es todo.
EXPOSICIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO
El Ministerio Público, expone: Vista que esta ciudadana se presentó de forma voluntaria ante la Fiscalía se observa que no quiere huir del proceso, y vista la situación planteada por la misma esta representación Fiscal solicita la medida cautelar establecida en el Art. 256 ordinal 9 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentarse ante el Tribunal cada vez que este se lo solicite. Es todo.
EXPOSICIÓN DE LA DEFENSA
Visto que mi representada se ha presentado de forma voluntaria a esta audiencia y vista además la grave situación que plantea mi defendida, me adhiero a la solicitud que hiciera el representante del Ministerio Público como lo es una medida cautelar establecida en el ordinal 9º del Art. 256 del Código Orgánico Procesal Penal, estar pendiente al llamado del Tribunal. Se solicita asimismo se libre los oficios correspondientes, y se deje sin efecto la orden de captura librada en su contra. Es todo.
MOTIVACIÓN
Visto y analizado el presente asunto y una vez oída la solicitud fiscal, a la cual se adhiere la defensa, y siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal, considera esta juzgadora que es procedente lo solicitado por el Ministerio Público, así como por la defensa es por lo que se acuerda Medida Cautelar de la establecida en el artículo 256 Ordinal 9no. Del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
DECISIÓN
Este TRIBUNAL Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite su pronunciamiento en los siguientes términos: PRIMERO: SE DECRETA A LA CIUDADANA MARELYS CAROLINA LINAREZ, titular de la Cédula de identidad Nº 17.873.292 LA MEDIDA CAUTELAR ESTABLECIDA EN EL ART. 256 ORDINAL 9no. del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentarse cada vez que sea solicitada por el Tribunal. SEGUNDO: Se fija fecha para apertura de Juicio para el día 13.04.2009 a las 9:30 a.m. TERCERO: Se ordena Oficiar a los organismos de seguridad a la brevedad posible para dejar sin efecto la orden de aprehensión que pesaba sobre la ciudadana MARELYS CAROLINA LINAREZ, titular de la Cédula de identidad Nº 17.873.292. CUARTO: ofíciese a participación ciudadana para que notifique a los escabinos de la fecha de juicio fijada el día de hoy.
Regístrese. Publíquese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO Nº 04
ABG. MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
SECRETARIO