Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 02 de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Fija el plazo de sesenta (60) días para la conclusión de la investigación; en el proceso que se le sigue a la adolescente IDENTIDAD OMITIDAD, por el delito de Amenazas, previsto en el artículo 175 del Código Penal Vigente para el momento en que ocurrieron los hechos en perjuicio de la adolescente CAROLINA DEL CARMEN PÉREZ, ocurrido el día (20-11-2006), de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia el lapso para presentarse el acto conclusivo de investigación finaliza el día 25 de abril de 2009. Quedan conformes las partes