Visto el escrito que antecede, suscrito por el apoderado de la parte actora Abogado Ricardo Marullo, plenamente identificado en auto, mediante la cual desiste del presente procedimiento, el Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil homologa el mismo, declara terminada la causa y ordena remitir el expediente a la División de Archivo Judicial para su archivo, constante de una pieza con 21 folios útiles, una vez le sean devueltos los originales a la solicitante, para lo cual se dejarán en su defecto copias fotostáticas que certificará la Secretaria del Tribunal conforme se establece en los artículos 111 y 112 eiusdem.