REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Doce de Marzo de dos mil Nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2008-014618
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana MARLENE DE LOURDES LÓPEZ DE CAMACARO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad número V-13.505.456, domiciliada en la Avenida principal del Caserío Reten Abajo, casa S/N, Parroquia Tamaca del Municipio Iribarren del Estado Lara, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías sobre un lote de terreno propiedad del municipio, que con una extensión aproximada de Cincuenta metros de fondo (50 Mts) por Quince metros de frente (15 Mts), lo que da un área total aproximada de Setecientos Cincuenta metros cuadrados (750 Mts2), que tiene un valor aproximado de SEIS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 6.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MARLENE DE LOURDES LÓPEZ DE CAMACARO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA AVENIDA PRINCIPAL DEL CASERÍO RETEN ABAJO, CASA S/N, PARROQUIA TAMACA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: Con parcela de Karelys Salcedo; SUR: Con ocupación de Argenis Silva ; ESTE: Con vía principal del Sector Reten Abajo, que es su frente; OESTE: Con parcela de Isleydis Duran. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
¬ EL JUEZ, LA SECRETARIA
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
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