REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-001517
Vista la solicitud que procede suscrita por el ciudadano: VICENTE ELIAS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.618.326, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 20.000,00), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano: VICENTE ELIAS GONZALEZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL BARRIO LAS CLAVELLINAS, SECTOR LOS LIBERTADORES, CALLE PAEZ ENTRE PRINCIPAL Y SIMON RODRIGUEZ, CASA N° P-50, JURISDICCION DE LA PARROQUIA SANTA ROSA, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea de nueve metros con cincuenta centímetros (09,50 mts) con terrenos ocupados por Deyanira Ramos, SUR: En línea de nueve metros con cincuenta centímetros (09,50 mts) con calle Páez, que es su frente, ESTE: En línea de veinte metros (20 mts) con terrenos ocupados por Santi Páez y OESTE: En línea de veinte metros (20 mts) con terrenos ocupados por Milagros Villanueva. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
El Juez
La Secretaria
Abg. Harold Rafael Paredes B. Abg. Luisa A. Agüero E.
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