REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-S-2009-000785
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana YELITZA PASTORA LOZADA DORANTE, Venezolano (a), mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V- 12.848.440, de este domicilio, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de SESENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (BsF. 60.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana YELITZA PASTORA LOZADA DORANTE, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA CALLE PRINCIPAL, AGUA LINDA COCO DE MONO CASA SIN NUMERO DE LA PARROQUIA JOSÉ GREGORIO BASTIDAS DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO PALAVECINO DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: en línea recta a la medida de 9,43mts con terreno que es o fue de la Familia García Pérez; SUR: en línea a la medida de 6,23mts con la calle principal; ESTE: en línea recta a la medida de 18,47mts con terreno que es o fue de la Familia García López y; OESTE: en línea recta a la medida de 18,34mts con terreno Municipal. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
El Juez, La Secretaria.,
Abg. Harold Rafael Paredes B. Abg. Luisa A. Agüero E.
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