REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2009-001339
Vista la solicitud presentada por el ciudadano SIMON RODRIGUEZ MEJIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. 15.579.229, de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentaron a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en El kilometro 11 del Manzano del Cumbres del Oreganal calle 6, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de Terreno Ejido; con una superficie de MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (1452.50 Mts.2), alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con via Titicare, que es su frente; SUR: Con bienhechurías de Henry Rodriguez; ESTE: Con bienhechurías de Johann Rodriguez; y OESTE: Con bienhechurías de Jesús Castillo. Dichas bienhechurías consisten en una cerca de alambre de puas sobre estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 5.000,00) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos GILBERTH SIRA Y ROSA BALDALLO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor del ciudadano SIMON RODRIGUEZ MEJIAS, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.
LA JUEZ TEMPORAL
KEYDIS PEREZ OJEDA
EL SECRETARIO ACC
GUSTAVO POSADA
KYPO/Arisis
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