REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-F-2008-000425

VISTOS-----------------------------------------------------------------------------------------------

En fecha 25-04-2008, la ciudadana: NORELY MARIA CARMONA GUANIPA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 11.598.562, debidamente asistido de abogado, presentó solicitud de divorcio, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil es decir, ruptura prolongada de la vida en común por más de cinco años, contra el ciudadano JOSE LUIS TONA MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.032.460, de este domicilio. Admitida la solicitud se ordenó la notificación de la Fiscal Décimo Séptima del Ministerio Público. En fecha 18 de Febrero del año 2.009. Compareció la cónyuge a manifestar su conformidad con la solicitud por cuanto son ciertos los hechos alegados en la misma. Se practicó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público, quien en fecha 04-03-09 consigno escrito manifestando que nada tiene que objetar a la solicitud. ---------------------------------------------------------------------------------------------
Para decidir, el Tribunal, observa:----------------------------------------------------
UNICO: Por cuanto los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecidos separados de hecho por más de cinco años y habiéndose cumplido con las formalidades establecidas por Ley, la misma debe ser declarada con lugar. Así se decide. En consecuencia, éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia Disuelto el vínculo matrimonial contraído por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Tamaca del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 16 de Junio de 1.994, anotado bajo el N° 54 del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo llevados durante el año 1.994. Durante la unión no procrearon hijos, Se declara extinguida la comunidad de gananciales existentes entre las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código Civil Venezolano Vigente.
Publíquese y Regístrese y Queda firme en esta misma fecha.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Veintiséis días del mes de Marzo de 2.009. Años: 198° y 150°.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario

Abg. Roger José Adán Cordero
Publicada en su fecha, siendo las 10:00 a. m.
El Secretario

OERL/mm.

El Suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, CERTIFICA que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que las contiene el Expediente N° KP02-F-2008-425, Certificación que se expide, en Barquisimeto A Los Veintiséis días (26) días del mes de Marzo de 2009. Años 198° y 150°.

El Secretario

Abg. Roger José Adán Cordero
mm.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y

TRANSITO DEL ESTADO LARA


ASUNTO N° KP02-F-2008-425


DEMANDANTE: CARMONA GUANIPA NORELY MARIA


DEMANDADO: JOSE LUIS TONA MENDEZ


MOTIVO: SEPARACION DE HECHO (185-A)


SENTENCIA DEFINITIVA


26/03/2009



Abg.OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-F-2008-000425
Oficio Nº: 552

Ciudadano:
Jefe Civil de la Parroquia Tamaca
del Municipio Iribarren del Estado Lara
Su Despacho.-

Adjunto al presente oficio remito a usted copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en el juicio de Divorcio, intentado por la ciudadana NORELY MARIA CARMONA GUANIPA contra el ciudadano JOSE LUIS TONA MENDEZ; a los fines de que se sirva estampar la nota marginal correspondiente.

DIOS Y FEDERACIÓN


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
EL JUEZ



OERL/mm
Anexo lo indicado







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiséis de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: KP02-F-2008-000425
Oficio Nº: 553

Ciudadano:
Registrador Principal
del Estado Lara
Su Despacho.-

Adjunto al presente oficio remito a usted copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en el juicio de Divorcio, intentado por la ciudadana NORELY MARIA CARMONA GUANIPA contra el ciudadano JOSE LUIS TONA MENDEZ; a los fines de que se sirva estampar la nota marginal correspondiente.

DIOS Y FEDERACIÓN


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
EL JUEZ



OERL/mm
Anexo lo indicado