REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara- Carora.-
Carora, veintitrés de marzo de dos mil nueve.-
198º y 150º
ASUNTO: KH11-F-2008-000021.-
El ciudadano LUIS ENRIQUE TIMAURE SISIRUCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.847.478, de este domicilio, asistido por el Abogado en ejercicio LEOPOLDO NAVAS RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 17.372, presentó escrito por ante este Tribunal en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Torres, del Estado Lara, bajo el Nº 141, folio 72 vto., de fecha 05 de Agosto de 1.964; por cuanto se incurrió en el error al asentar el nombre de su madre como “BAUDILIA BERNARDINA SISIRUCA”, siendo lo correcto “BERNARDINA BAUDILIO SISIRUCA”.
La solicitud se admitió acordándose publicar un Edicto por la prensa, requerir Datos Filiatorios y Fe de Bautismo de su madre y citar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
De los recaudos acompañados a la solicitud queda plenamente comprobado el error asentado en el Acta de Nacimiento del ciudadano LUIS ENRIQUE TIMAURE SISIRUCA, motivo por el cual este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente en el acta de nacimiento del solicitante, el nombre de su madre como BERNARDINA BAUDILIO SISIRUCA”, quedando sin efecto “BAUDILIA BERNARDINA SISIRUCA”. En consecuencia se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Chiquinquirá antes mencionado y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado Cuarto de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 23 de Marzo de 2.009. Años 198º y l50º.
El Juez Temporal,
Abg. BENERANDO RODRIGUEZ PIÑERO.
El Secretario,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 267-2.009, se publicó siendo las 11:14 a.m. y se expidió copia certificada para el archivo.
El Secretario,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
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