REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara- Carora.-
Carora, veintiséis de marzo de dos mil nueve.-
198º y 150º
Visto el Convenimiento celebrado en fecha 11 de Noviembre de 2.008, por el ciudadano HILDEBRANDO JAVIER ALVAREZ ANDUEZA, actuando en su condición de Representante de Inversiones P y C. C.A., asistido por el Abogado OSCAR FERRER, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 4215, y la Abogada ROSA MARGARITA SEGUERI QUERALES, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 45.758, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ADDA MARINA SEGUERI QUERALES, parte demandante en el presente juicio, este Tribunal lo da por consumado impartiéndole la respectiva Homologación con su consiguiente efecto de Cosa Juzgada, por ser legalmente procedente. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.
El Juez Temporal,

Abg. BENERANDO RODRIGUEZ PIÑERO

El Secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 282-2009, se publico a la 1:45 p.m, se expide una copia certificada para archivo.
El secretario,

Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO
ASUNTO: KH11-V-2008-000002.BRP/Medel03.-