REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 26 de marzo de 2009
198º y 150º
Vista la diligencia de fecha 09 de los corrientes, suscrita por el abogado GREGORIO PERALTA, Inpreabogado No. 68.890, quien actúa en su carácter de autos, mediante la consigna fianza que fue exigida mediante auto de admisión de la demanda de fecha 27 de mayo de 2008, agréguese a los autos. Por cuanto la misma cumple con el monto exigido, este Tribunal de conformidad con previsto en el artículo 699 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA LA RESTITUCIÓN a favor de la parte querellante CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA (CAPEMINFRA), antes CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES Y DEL INSTITUTO POSTAL TELEGRÁFICO (CAPREMCO), del inmueble objeto de la presente querella. Para la práctica de dicha medida se comisiona al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de esta misma Circunscripción Judicial, que queda facultado para oficiar a los organismos de seguridad correspondientes y utilizar la fuerza pública de ser necesaria. Líbrese despacho con las inserciones correspondientes y envíese con oficio al Juzgado comisionado.
El Juez Provisorio,


Abg. PASTOR POLO
La Secretaria TEMP.,


Abog. Nancy Rea

Se libró despacho con oficio No. 423.

La Secretaria TEMP.,



Exp. No. 52.287
Delia.-