Horas de despacho del día de hoy Cinco (05) de Marzo del año 2009, siendo las Nueve y Treinta (9:30) de la mañana, se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada Lucia D’Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en las afueras de un inmueble constituido por un local comercial distinguido con el Nro. 1, ubicado en al Avenida Branger, No. 99-47, Parroquia San Blas, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de los Abogados Alejandro Arenas Montes y Félix Morillo Blanco, Apoderados Judiciales del ciudadano Nicola Redavid Solemne, parte actora, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de Ejecución, emanado del Juzgado Séptimo de los Municipios del Estado Carabobo, en el cual ordeno Entrega Material, con motivo del Juicio por Resolución de Contrato de Arrendamiento intentado por la parte actora ya identificada, contra la Firma Representaciones Hermanos Jaramillo, C.A., Representada por los ciudadanos Luís Eduardo Jaramillo Méndez y Reinaldo José Jaramillo Méndez. Seguidamente intervienen los apoderaos actores y exponen: “Solicitamos al Tribunal cumpla con el Mandamiento de Ejecución e igualmente que se designe cerrajero. Es todo”. El Tribunal deja constancia que realiza los tres toques de ley y nadie responde e igualmente se deja constancia que por información requerida a los vecinos del local estos manifiestan que el mismo fue desocupado hace aproximadamente una semana. El Tribunal a solicitud de la parte actora designa cerrajero al ciudadano Jesús Rafael Díaz Ramírez, venezolano, titular de la cedula de identidad No. 2.741.975, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo”. El Tribunal ordena al cerrajero designado apertura el inmueble objeto de la presente medida y realice el cambio de cerradura. Una vez aperturado el inmueble el Tribunal se constituye en la sede del mismo y se deja evidencia que se encuentra libre de personas y bienes, observándose desechos diversos, escombros, el cual presenta un aspecto deplorable. El Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, hace Entrega Material del inmueble anteriormente identificado a la parte actora ciudadano Nicola Redavid Solemne, titular de la cedula de identidad No. 7.015.938, acompañado por su apoderados quienes estando presentes exponen: “Recibo en este acto el local objeto de la medida de Entrega Material ordenada por el Tribunal de la causa que nos hace este Juzgado Ejecutor, hago observación del Estado de inmundicia en que se encuentra las paredes y grado de deterioro de los pisos así como de las piezas sanitarias y del baño en si y la presencia de Gran Cantidad de basura, desechos y escombros regados por todas partes en el interior del local, es todo”. El Tribunal considera cumplida su misión, da por concluido el acto, acuerda remitir las actuaciones al comitente. A continuación intervienen los apoderados y exponen: “Solicitamos al Tribunal se sirva expedirnos una (1) copia certificada de las presentes actuaciones, es todo”. El Tribunal vista la solicitud acuerda de conformidad, da por concluido el acto, se leyó, se terminó y conformes firman.
La Juez Titular
(Firma llegible)
Abog.Lucia D’Angelo Parte Actora
(Firma llegible)
Apoderados Actores
(Firmas llegible)
Cerrajero
(Firma llegible)

La secretaria
(Firma llegible)
Abog.Yasmila Faria