En horas de despacho del día de hoy, 05-03-2009,
siendo las 09:30 a.m. se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; a señalamiento de la Abogada: MARLENE PULIDO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro. 24.305, apoderada Judicial del ciudadano: LUIS MARTINEZ. a los fines de practicar medida de ENTREGA MATERIAL Y EMBARGO EJECUTIVO, acordadas por el Juzgado Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; en el Juicio por DESALOJO, contra la ciudadana: JESABETH LUNA MOSQUERA. Constituido legalmente este Tribunal en un local comercial situado en la calle valencia entre la calle miranda y sucre del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, se notifica de la misión a cumplir a la parte demandada quien se encuentra asistida de la abogada VILMA VADEL quienes manifiestan entregar las llaves del inmueble en este acto a la abogada de la parte actora. Acto seguido interviene la parte quien recibe conforme el bien inmueble y solicita se declare la entrega material y se abstenga de practicar el embargo ejecutivo Este Tribunal Ejecutor de Medidas, declara cumplida la entrega material y se abstiene a practicar el embargo a solicitud de la parte actora. Siendo la 11:30 a.m. se ordena el regreso del tribunal a su sede habitual. Es todo, termino, se leyó, y conformes firman.
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