REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

En el día de hoy, 12 de Marzo de 2009, siendo las Nueve y treinta (09:30 a.m.) de la mañana, compareció voluntariamente por ante este Tribunal una ciudadana quien dice ser y llamarse, NANCY ELENA BERRIO e identificarse con la Cedula de Identidad N° 17.299.351, sin portar la Cedula de identidad laminada, de cincuenta y uno (51), años de edad, domiciliada en: Calle Páez, N° 10-1, Sector La Toma, Mariara Estado Carabobo, Teléfono 0243-2633210, 0424-3727279, y expone:” yo le alquile al ciudadano CARLOS BARRERA, titular de Cedula de Identidad N° 83.952.001, una habitación con un baño, yo le dije que si era para él solo si se la alquilaba, pero para vivir con otras personas no, porque no hay el espacio suficiente para eso. En una oportunidad llegue hasta la habitación y conseguí a una mujer limpiando la misma, pero yo a ella nada mas la salude porque ella no tenia nada que ver con eso. El me dijo que ella era una señora que le iba hacer mantenimiento a la pieza. Después yo sigo viendo a esa señora constantemente y los vecinos me dijeron que esa era su mujer y que además de eso tenia a una niña también viviendo en la pieza. Yo le dije a él que me desocupara porque yo no le había alquilado para toda su familia sino a él solo, además de eso, en el inmueble hay una filtración de agua y él no la arregla y yo quiero hacerlo y tiene los vidrios partidos. Él verbalmente me dijo que iba a buscar para donde irse. Cuando se le venció el contrato de los 6 meses yo le volví a decir que ya se le había vencido el contrato que buscara para donde mudarse. Yo fui a la oficina de inquilinato, y la doctora que allí estaba, le envió una comunicación con las causales del porque tenia que desalojar el inmueble, además de eso los vecino se estaban quejando porque el trabaja con pintura y construyendo cojines en todo el frente de la pieza. Entonces yo lo que quiero es que el me desocupe el inmueble por las razones que ya expuse. A tales efectos consigno en este acto, comunicación emitida por la Unidad de inquilinato del Municipio y contrato de arrendamiento”. Seguidamente el Tribunal vista y oída la exposición anterior, en consecuencia, se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda NOTIFICAR al ciudadano CARLOS BARRERA, titular de Cedula de Identidad N° 83.952.001, domiciliado en: Calle Bermúdez, casa N° 21-A, Sector El Libertador, (a media cuadra de la doble vía) Mariara, Estado Carabobo, para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos su Notificación a los fines de que exponga lo que a bien tenga, sobre las declaraciones realizadas por la ciudadana NANCY ELENA BERRIO identificada con la Cedula de Identidad N° 17.299.351. El Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 09:00 de la mañana. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Es todo, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ TITULAR

Dr. ÁNGEL LEONARDO ANSART


LA COMPARECIENTE

NANCY ELENA BERRIO

EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se libró Boleta de notificación, agregándole un ejemplar de la presente Acta y se entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho.
EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.


EXP N° 1313-09
ALA/JPPT/yuri