REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, treinta de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

SENTENCIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000169
PARTE ACTORA: RAUL ERNESTO RIERA LOPEZ
PARTE DEMANDADA: KEOPS GARDEN, C. A.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

Hoy, treinta (30) de marzo de 2009, siendo las 11:00 a. m. día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR. En este estado la juez deja constancia que asistieron a este acto ambas las partes involucradas en este proceso, la parte ACTORA RAUL ERNESTO RIERA LOPEZ asistido por el abogado PIERRE CAMINERO PARES inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.400, quien manifiesta haber recibido su indemnización por parte de la Empresa demandada; Y la parte Demandada, KEOPS GARDEN, C. A., en la persona de su Apoderado Judicial abogado ROCIO GANDICA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.983. Se estima de conformidad el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. En consecuencia, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO hecho por el ciudadano RAUL ERNESTO RIERA LOPEZ, en los términos como lo estableció el solicitante, dándole efectos de Cosa Juzgada. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
El Juez

Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS


LA SECRETARIA

Abg. Amarilys Mieses Mieses.